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Comunicados
Pronunciamiento sobre el caso de Jacinta Francisco durante el Consejo de la ONU - Centro Pro
Fecha: 08/06/2009
El Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez se pronuncia ante las relatorías de Pueblos Indígenas, Minorías y el Grupo de Trabajo sobre Dtenciones Arbitrarias de la ONU.
Pronunciamiento presentado ante la relatorías de Pueblos Indígenas, Minorías y el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria de la ONU
Consejo de Derechos Humanos XI Sesión, 2-18 de Junio de 2009 Asunto 3: Debate General
Discriminación y criminalización de la protesta social en Mexico: el caso de Doña Jacinta
Desde el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez queremos expresar nuestra profunda preocupación por la discriminación y criminalización que afectan a los pueblos indígenas en México, sobre todo cuando los miembros de comunidades indígenas exigen que se respeten sus derechos humanos.
Ejemplo paradigmático de esta problemática es el caso de Jacinta Francisco Marcial, una mujer indígena del pueblo otomí, madre de seis hijos y vendedora de nieve y aguas frescas en el municipio de Amealco de Bonfil, Estado de Querétaro, donde la población es mayoritariamente indígena y vive en condiciones extremas de marginación.
En marzo de 2006, elementos de la Agencia Federal de Investigación llegaron al municipio y despojaron de sus mercancías a diversos comerciantes de la comunidad. Los pobladores exigían que se les devolviera sus bienes y los agentes acordaron indemnizarlos. Sin embargo, en represalia por el hecho de que los pobladores demandaran un cese a los abusos de los agentes, los agentes federales detuvieron a Doña Jacinta Francisco Marcial y dos mujeres más de la comunidad, acusándolas falsamente y sin fundamento alguno de haberlos secuestrado.
Tras un proceso judicial caracterizado por una falta total de pruebas en su contra, por contradicciones en las declaraciones de los agentes estatales y en el cual Doña Jacinta no contaba con el auxilio de un intérprete, se dictó le dictó una sentencia condenatoria a de 21 años de prisión y 90 mil pesos de multa a pesar de existir diversas testimoniales que confirmaban que ella no había participado en ningún acto ilícito y que no estuvo presente en el diálogo con los agentes.
En la apelación, el magistrado reconoció en su resolución que existen “contradicciones sustanciales” en los testimonios de los agentes federales que dicen haber sido “secuestrados” por Jacinta. No obstante, no absolvió sino que optó por reponer el proceso penal regresándolo al mismo juez que ya la había condenado, manteniendo a Jacinta en la cárcel, donde se encuentra desde casi tres años.
Para el Centro Prodh, este caso es paradigmático de la vulnerabilidad de las mujeres indígenas frente a las deficiencias del sistema de justicia vigente. Son las mujeres indígenas quienes sufren con mayor intensidad los fenómenos de exclusión y marginación del sistema de justicia, al presentarse en sus casos una triple discriminación: por ser indígena, ser mujer y ser pobre. Es común, para poner solo un ejemplo, que una persona indígena procesada penalmente no tenga un intérprete.
El caso pone de relieve los cada vez más frecuentes mecanismos tendentes a la criminalización de las acciones en las que colectivos son afectados por la acción u omisión del Estado. Se trata, en efecto, de una respuesta punitiva, excesivamente intensa, frente al reclamo por el pago de los daños causados a los bienes de los pobladores de la zona.
Ante estas circunstancias, aparece con claridad como el Estado Mexicano ha intensificado las acciones represivas en contra de las más mínimas muestras de descontento popular o protesta contra las acciones de los agentes estatales, con consecuencias graves para las poblaciones más marginadas en México, como son las personas indígenas.